Nota a RENAPER de 2020 exigiendo la eliminación del campo «sexo» del DNI argentino

Hago pública mi nota al Registro Nacional de las Personas (RENAPER), en la que solicité la eliminación del campo «sexo» del Documento Nacional de Identidad (DNI) en 2020. El motivo es visibilizar la evidencia de que el Decreto presidencial N°476/21 (que incorpora la nomenclatura «X» en los DNI) no solo se hizo sin consulta ni debate con personas nobinarias y/u organizaciones en nuestra representación, sino en contra de nuestros intereses expresos.

 

Original en PDF: Nota al RENAPER

 


 

Mendoza, 3 de diciembre de 2020

 

Al Registro Nacional de las Personas:

 

Mi nombre es Jan Strappa Figueroa, DNI N° 33760426, y escribo con el motivo de solicitar la emisión de un documento nacional de identidad que refleje mi nombre real y sin sexo ni género asignado.
Desde hace más de 2 años no cuento con un documento nacional de identidad que acredite mi nombre e identidad de género, por razones externas a mi voluntad. Me reconozco como una persona sin afinidad por ningún género, un hecho que describo con términos como agénero, no binarie, o simplemente trans. Deseo un documento que no consigne ningún sexo ni género, para reflejar mi identidad de género autopercibida, un derecho reconocido en la Ley N° 26.743 de Identidad de Género.
En noviembre de 2018 obtuve mi partida de nacimiento rectificada por el Registro Civil de Mendoza, la cual indica el nuevo nombre y no tiene asignado ningún sexo o género. Posteriormente tramité la actualización del DNI, el día 20 de noviembre de 2018, pidiendo el correspondiente cambio de nombre y ninguna asignación de sexo o género. Este trámite, que no debía demorar más de 15 días, no fue resuelto aún al día de la fecha. En ningún momento he recibido respuesta alguna de parte del ReNaPer.
Respecto a esto, en cambio, solo me he enterado, según un artículo periodístico de 20191, de que mi situación y la de otras personas cuyos casos son similares fueron consideradas como causadas por nuestra propia voluntad por parte del director del ReNaPer, Juan José D’Amico. Esto quiere decir que, para esta persona, quien a mi entender se expresó en nombre del ReNaPer, el hecho de querer tener un documento que refleje nuestra verdadera identidad y que esta institución nos niegue este derecho, es exclusivamente nuestra responsabilidad, y no un acto de vulneración de nuestro derecho a la identidad de género como nosotres lo entendemos.
Ante la falta de respuesta, pedí asesoramiento al Registro Civil de la Ciudad de Mendoza, y se me aconsejó intentar un nuevo trámite, el cual realicé el día 27 de agosto de 2020. Pocos días después, recibí un DNI digital con la foto tomada ese día, pero el nombre y sexo incorrectos que me fueron asignados al nacer. Hasta hoy, nadie se ha contactado conmigo por este tema en nombre del ReNaPer. Por lo tanto, no he recibido explicaciones de por qué no puedo tener un documento que refleje al menos mi nombre real. Uso mi nombre elegido desde hace aproximadamente 3 años. Las personas con las que trabajo, mis amistades y muchas otras personas, aunque no sean de mi círculo cercano, me llaman ‘Jan’ exclusivamente. En lo personal, mi cambio de nombre se convirtió en una forma muy precisa, si bien dolorosa, de diferenciar entre personas que me aceptan como soy y quienes no. Yo no deseo que mi nombre asignado al nacimiento sea difundido, y siempre que puedo me presento con mi nombre real: Jan. Sin embargo, en los ámbitos en que debo mostrar el único DNI que tengo, con un nombre que no es mío, tengo que elegir constantemente entre tolerar la incongruencia de escuchar ese nombre, viéndolo luego registrado en bases de datos (por ejemplo, historias clínicas), y el miedo y el agotamiento emocional de tener que dar explicaciones, sin saber qué tipo de reacción puedo encontrar, en una sociedad en la que predomina una cultura extremadamente transodiante, un odio que atraviesa un amplio espectro, desde una tolerancia fingida y objetificación, pasando por burlas y exclusión, hasta las altas tasas de transfemicidios actuales. Siento una inseguridad constante al tener que identificarme en numerosos ámbitos. Personas de mi entorno familiar se niegan a llamarme por mi nombre y usan el nombre incorrecto para hablar de mí, no solo en privado, sino públicamente en cualquier situación que elles deseen. En estos casos yo no tengo ningún respaldo de cuál es mi identidad más que mi palabra, que debería ser suficiente, pero parece ser superada por la autoridad de un documento desactualizado. Esta violación de derechos a nivel estatal no solo constituye violencia institucional y simbólica, sino que ayuda a muchas personas a sentirse plenamente respaldadas en sus discursos de odio. La necesidad de usar el DNI para muchos trámites me pone en situaciones de vulnerabilidad y restringe mis derechos. Por ejemplo, no puedo acceder a cursos con certificación internacional; de hecho, no puedo tener cuentas online en ningún servicio internacional que exija acreditación de identidad. Distintas instituciones pretenden respetar la identidad de género, pero todos los esfuerzos parecen a medias. Este año defendí mi tesis doctoral y la universidad que emite el título debía usar mi nombre pero, en el acta de aprobación, alguien sintió la necesidad de usar las iniciales de un nombre que no tiene nada que ver conmigo, cuando incluir mi número de documento era suficiente. En los servidores de universidades y hasta en CONICET, donde soy becarie postdoctoral, encuentro que
corrigen mi nombre pero no aceptan cambiar direcciones de email o identificadores de usuarie de intranet, sin dar una explicación razonable. Entiendo que emitir un DNI que represente mi identidad no haría que todas las instituciones, públicas o privadas, se volvieran tolerantes instantáneamente, pero ese hecho actuaría como un respaldo de mis derechos y a muches les quitaría las pocas ‘excusas’ que les quedan para marcarnos a las personas trans como ‘lo otro’. En muchas ocasiones, he logrado que acepten un trámite de cambio de nombre, pero siempre hay una primera barrera (ilegal) de pedirme mi documento. Culturalmente (no solo legalmente), el DNI puede abrir o cerrar muchas puertas.
Según la Ley de Identidad de Género, el DNI se puede cambiar para reflejar la identidad de género autopercibida, la cual en su texto jamás se restringe a un número limitado de opciones, pero para el ReNaPer, inexplicablemente, este cambio requiere indicar un mal llamado ‘sexo’ femenino o masculino, un dato que debería ser confidencial y que puede o no estar asociado a características biológicas. Cuando es el sexo asignado al nacer, consiste en un dato que rara vez se determina de manera precisa, y se reemplaza en cambio por una clasificación binaria de la genitalidad externa de la persona. El cambio de género mitiga levemente esta invasión a la privacidad, y les da seguridad a algunas personas trans, pero no nos da un derecho pleno a muchas otras a vivir con nuestra identidad en libertad y en igualdad respecto al resto de la sociedad. Esto es así porque este ‘derecho’ al cambio de género binario, además de ser binarista, no funciona desde que nacemos y somos inscriptes, sino años después, solo cuando hemos desarrollado nuestra identidad de género (o establecido una ausencia de la misma, como en mi caso), forzándonos además a elegir una etiqueta que mostrar, lo que vulnera a las personas cuya identidad es fluida o tienen dudas, y a quienes necesitan presentarse bajo un género aparente distinto en distintos ámbitos por miedo a la discriminación y la violencia que son sumamente comunes hoy, en 2020. En cambio, las personas cis (hombres y mujeres que no son trans) no son afectadas por ninguno de estos problemas en ningún momento de su vida. A este pasivo doble estándar le llaman igualdad. Yo creo que la igualdad requiere tener los mismos derechos durante toda la vida, y tener infancias libres y sin imposiciones.
No tiene sentido asignar un sexo que no se determinó, cuando además el sexo biológico no es binario, ni tiene sentido asignar una identidad de género que aún no existe, porque es una construcción que realizará esa persona a lo largo de su vida. Por otro lado, los derechos de mujeres, personas trans y otros grupos históricamente vulnerables no necesitan la exhibición pública de un identificador. Por ejemplo, las personas discapacitadas, VIH positivas y racializadas no necesitan sus datos confidenciales expuestos públicamente para exigir y tener todos sus derechos reconocidos; efectivamente, estos datos no están en los documentos de identidad y se consideraría una violación de privacidad la publicación indiscriminada de los mismos sin su consentimiento. (Y en donde existe falta de reconocimiento de derechos de estos grupos, no he oído a nadie argumentar que este reconocimiento se obtendría mediante la práctica de publicar el dato correspondiente en el DNI). Por lo tanto, argumentar que borrar el sexo/género del DNI vulnera algún derecho, particularmente los de las mujeres (como algunas ideologías conservadoras suelen afirmar), es simplemente absurdo. La falla está en el binarismo de las leyes actuales, y la solución involucra adecuar estas leyes a la realidad, para garantizar realmente la inclusión con perspectiva de géneros. La conclusión inevitable es que este dato no sirve para tomar ningún tipo de decisión ni para garantizar derechos a mujeres y minorías de género, porque el género ya es reconocido como el autopercibido y posiblemente diferente del designado. ¿Entonces para qué sirve, si no es para discriminar?
A mi entender, la emisión de documentos de identidad sin sexo ni género no solo garantiza la inclusión, el respeto y la seguridad física y psíquica de muchas personas actualmente excluidas (por ejemplo no binarias, intersex, travestis, género fluido, etc.), sino que además protege la privacidad de las personas y deja de lado una práctica obsoleta. Sin embargo, en este momento no exijo un cambio de implementación estricto, sino el cumplimiento de la Ley de Identidad de Género para mi caso, ya que ni siquiera he podido conseguir un documento que tenga mi nombre real, independientemente del sexo, por lo cual el ReNaPer ha violado esta ley continuamente durante más de 2 años en ambos aspectos: el respeto del nombre y el respeto del género autopercibido. Por las razones expuestas, insisto en mi petición de emisión de mi documento, un derecho que se me ha negado de forma arbitraria, provocando múltiples perjuicios a mi persona a lo largo de los últimos años.

Esperando una pronta respuesta, saluda atentamente,

Jan Strappa Figueroa
DNI N° 33760426

 

 

 

1 Claudia Peiró, “El Renaper todavía no ha denegado el DNI sin género pese al dictamen contrario de su área jurídica”, 24 de octubre de 2019 (acceso 3 de diciembre de 2020), Infobae, https://www.infobae.com/sociedad/2019/10/24/el-renaper-todavia-no-ha-denegado-el-dni-sin-genero-pese-al-dictamen-contrario-de-su-area-juridica-y-del-ministerio-del-interior/

 

 

 


Nota: en la nota original cometí un error diciendo que llevaba más de 3 años sin DNI cuando debía decir 2 años. En esta publicación lo he corregido (el pdf es el original y contiene el error.)